Dichosas cookies

 


Las cookies nacieron para poder guardar ficheros en cliente para la personalización de web’s, automatización de usuarios y como no, para la personalización de la publicidad y demás anuncios. Con el tiempo se decidió que no se podían usar cookies sin el consentimiento del usuario y apareció el típico mensaje de aceptar las cookies (que a veces te dan ganas de aceptar por mi y por todos mis compañeros). La verdad es que con el tiempo y bajo mi opinión se han convertido en un incordio o aceptas o no navegas. El problema era que solo había un botón, aceptar, pero ninguno de denegar bien, pues eso ha cambiado. Desde el 11 de enero es obligado que exista un botón que permita al usuario denegar su uso de manera explícita. Hasta aquí todo bien ¿no? Pues no, no podía ser todo tan fácil y es que con la aparición de este botón han aparecido las llamadas “cookie paywalls” o lo que es lo mismo, si no las aceptas paga y si no, pues no entras. Con lo que nos encontramos páginas en las que hay que pagar 0,50€ por no aceptarlas o hasta las hay que te dan una opción de subscripción, por ejemplo, el periódico El País.

Ahora mismo estaréis pensando en si esto es legal o no, bien legal es y así lo deja claro AEPD: “…Podrán existir determinados supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impida el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe adecuadamente al respecto al usuario y se ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies…”

El TJUE dictaminó que: “…en el marco del proceso contractual, esos usuarios deben disponer de la libertad de negarse individualmente a prestar su consentimiento a operaciones particulares de tratamiento de datos que no sean necesarias para la ejecución del contrato, sin verse por ello obligados a renunciar íntegramente a la utilización del servicio ofrecido por el operador de la red social en línea, lo que implica que se ofrezca a dichos usuarios, en su caso a cambio de una remuneración adecuada, una alternativa equivalente no acompañada de tales operaciones de tratamiento de datos…” cosa que habría que ver si se cumple.

Si lo que quieren las web’s es que nos traguemos la publicidad la solución es fácil, que pongan aquellas publicidades contratadas, el problema es que quieren acceder a nuestros hábitos de navegación para personalizarnos la publicidad. La televisión pública nos pone unos anuncios y si queremos nos los tragamos y si no cambiamos, la web quiere seguir personalizando esos anuncios. La controversia está servida.

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